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Nueva Normativa CIRBE

El pasado 25 de marzo, se publicó nueva la Circular 2/2023, de 17 de marzo, del Banco de España, por la que se modifica la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos.
NUEVA NORMATIVA CIRBE

La nueva circular consiste en una norma única, que actualiza a la Circular 1/2013. En octubre, ya anunciamos el Proyecto de Circular que había en marcha e hicimos mención sobre los cambios que se iban a proponer para esta nueva circular.

 

Como se indica al inicio de la citada circular, su objetivo principal es adaptar la
Circular 1/2013, a los cambios introducidos por la Orden ETD 600/2022, de 29 de junio, que modifica las fechas de entrada en
vigor para la reducción de las exenciones de declaración individualizada a la CIR que establecía la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio. Dicho cambio ha supuesto que, desde el pasado 2 de enero de 2023, las entidades declarantes deben reportar a la CIR, de forma individualizada, todas las operaciones de los titulares cuyo riesgo acumulado en la entidad sea igual o superior a 3.000 euros, y no a 6.000 euros como recogía anteriormente la norma.

En su disposición final única, se establece que la circular entrará en vigor el 1 de julio de 2023, salvo lo establecido en los puntos 1 y 2 de la norma única y la declaración de los nuevos requerimientos relativos al Código de Buenas Prácticas (Real decreto-ley 5/2021), así como la de los correspondientes a los avales del Real Decreto-ley 6/2022, que entraron en vigor el pasado 26 de marzo.

 

A continuación, dejamos el enlace de la Circular 2/2023 para su consulta:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-7662

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