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Nueva normativa: para el segundo semestre de 2022

En diciembre de 2021, entró en vigor la Circular 4/2021, del Banco de España, a entidades supervisadas, sobre modelos de estados reservados en materia de conducta de mercado, transparencia y protección de la clientela, y sobre el registro de reclamaciones.
NUEVA NORMATIVA

En el apartado 2 de su disposición final única, se contempla que los primeros estados reservados en materia de conducta que se han de remitir al Banco de España serán los correspondientes al segundo semestre de 2022. También se incluirán, en su caso, los estados regulados en la Circular 5/2020 que las entidades de crédito y sucursales en España de entidades de crédito deben remitir de acuerdo con lo establecido en la norma 6, apartado 2, de la Circular que nos ocupa.

 

Dicho apartado, también contempla que, en los primeros estados que se deben remitir, se incluirán los estados sujetos a los umbrales de declaración que se establecen en el apartado 7 de la norma 6, siempre que, en el segundo semestre de 2022 se alcancen o superen los referidos umbrales.

Para los siguientes estados a presentar, en la misma norma se especifica en qué casos se podrán dejar de declarar los mismos.

Respecto al registro de reclamaciones referido en la norma 8, las entidades dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2022 para completarlo, debiendo incluir en él, al menos, todas las reclamaciones recibidas cuya fecha de presentación sea posterior al 30 de junio de 2022.

A continuación, dejamos el enlace de la Circular 4/2021 para su consulta:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-19805

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